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Poco conocidos hechos sobre demanda laboral rama judicial.

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Si el escrito de demanda laboral se interpone a través de letrado, gradudado social colegiado o procurador, deberá ir suscrito por los profesionales sin perjuicio de posterior ratificación por el representado. Como Ganadorí recoge el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores, en su apartado primero y segundo, el plazo https://friedrichd211siz9.blogdosaga.com/profile

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