3. Los informes que deban emitir los Delegados de Prevención a tenor de lo dispuesto en la giro c) del apartado 1 de este artículo deberán elaborarse en un plazo de quince días, o en el tiempo imprescindible cuando se trate de adoptar medidas dirigidas a predisponer riesgos inminentes. El https://pr8bookmarks.com/story19364509/fascinaci%C3%B3n-acerca-de-seguridad-industrial